
01
En primer lugar, los tribunales no dudan en responsabilizar al propietario de una propiedad cuando él o ella realmente creó la condición peligrosa que causó el incidente de resbalón y caída.
02
En segundo lugar, aunque el propietario no haya creado la situación peligrosa, puede ser considerado responsable si tenía conocimiento de la misma y no la reparó.
03
Por último, un propietario puede ser considerado responsable de la lesión, aunque no conociera la condición peligrosa, si en el ejercicio deligente y razonable debería haberla descubierto y reparado ó al menos, avisado del peligro antes del incidente causante de la lesión.


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