{"id":1367,"date":"2026-02-20T17:49:09","date_gmt":"2026-02-20T17:49:09","guid":{"rendered":"https:\/\/floreslawmiami.com\/?page_id=1367"},"modified":"2026-04-07T02:51:25","modified_gmt":"2026-04-07T02:51:25","slug":"descubrimiento-y-deposiciones","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/floreslawmiami.com\/es\/medical-malpractice\/discovery-and-depositions\/","title":{"rendered":"Descubrimiento de pruebas y declaraciones"},"content":{"rendered":"<h2 class=\"wp-block-heading\" id=\"the-phase-that-determines-everything\">La fase que lo determina todo<\/h2>\n\n\n\n<p>El Bufete de Abogados Jorge L. Flores, P.A., en Miami, Florida, fue fundada en un principio que gu\u00eda cada caso que tomamos: para obtener la m\u00e1xima compensaci\u00f3n disponible para nuestros clientes, un caso a la vez.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta es la fase en la que el caso se gana o se pierde, y la calidad de las pruebas que descubrimos aqu\u00ed determina el resultado para nuestros clientes y sus familias.<\/p>\n\n\n\n<p>Los m\u00e9dicos demandados se defienden con \u00e9xito de las demandas por negligencia en hasta el 50 por ciento de los casos, incluso cuando existen pruebas contundentes de negligencia. Cuando las pruebas del demandante se perciben como d\u00e9biles, las tasas de victoria de la defensa suben a entre el 80 y el 90 por ciento. Los casos rara vez se deciden en el juicio; se deciden durante los meses de implacable preparaci\u00f3n previa al juicio que lo preceden, y abordamos cada fase de descubrimiento con esa realidad firmemente en mente.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity is-style-wide\"\/>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\" id=\"the-paper-war-written-discovery\">La guerra de papel: descubrimiento escrito<\/h2>\n\n\n\n<p><strong>Los proveedores de asistencia sanitaria, los hospitales y sus aseguradoras institucionales tienen acceso inmediato a los historiales m\u00e9dicos, el aparato de revisi\u00f3n por pares, el personal cl\u00ednico y los recursos financieros que nuestros clientes no tienen.<\/strong> La proposici\u00f3n de prueba por escrito es el mecanismo procesal dise\u00f1ado para desmantelar sistem\u00e1ticamente esta profunda disparidad informativa, y la llevamos a cabo agresivamente en nombre de cada cliente al que representamos.<\/p>\n\n\n\n<p>Bajo las Reglas de Procedimiento Civil de Florida, desplegamos <strong>Interrogatorios<\/strong> (Regla 1.340) para obligar a la divulgaci\u00f3n de todas las personas implicadas en el tratamiento, la queja del m\u00e9dico demandado y su historial disciplinario, as\u00ed como todas las p\u00f3lizas de seguro aplicables. <\/p>\n\n\n\n<p><strong>Solicitudes de producci\u00f3n<\/strong> (Regla 1.350) exigen documentos esenciales para demostrar el incumplimiento de las normas de atenci\u00f3n, incluidos, entre otros, el historial m\u00e9dico completo con registros de auditor\u00eda electr\u00f3nicos nativos, las pol\u00edticas internas del hospital, los archivos de acreditaci\u00f3n, los registros de personal y los informes de incidentes \u201cC\u00f3digo 15\u201d exigidos por el estado en virtud de la Secci\u00f3n 395.0197 del Estatuto de Florida para incidentes adversos con resultado de muerte o lesiones graves. <\/p>\n\n\n\n<p><strong>Solicitudes de admisi\u00f3n<\/strong> (Regla 1.370) obligan a la defensa a autenticar los registros con antelaci\u00f3n, fijando los hechos indiscutibles antes de que la defensa tenga la oportunidad de reescribir la historia.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity is-style-wide\"\/>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\" id=\"your-constitutional-right-to-the-truth\">Su derecho constitucional a la verdad<\/h2>\n\n\n\n<p>Hist\u00f3ricamente, los hospitales se han amparado en el art\u00edculo 766.101 de la Ley de Florida para ocultar a los pacientes los materiales relativos a la revisi\u00f3n inter pares y la gesti\u00f3n de riesgos. <strong>Enmienda 7 (Art\u00edculo X, Secci\u00f3n 25 de la Constituci\u00f3n de Florida)<\/strong> que concede a los pacientes el derecho a acceder a cualquier expediente relacionado con un \u201cincidente m\u00e9dico adverso\u201d, que se define en sentido amplio para incluir la negligencia m\u00e9dica, la mala conducta intencionada o cualquier acto que haya causado o pudiera haber causado lesiones o la muerte. No se trata de un estatuto que el poder legislativo pueda modificar tranquilamente; es un derecho constitucional, y lo hacemos cumplir sin excepci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Es importante se\u00f1alar que los abogados defensores intentan habitualmente eludir la Enmienda 7 a trav\u00e9s de m\u00faltiples v\u00edas, y nuestro equipo est\u00e1 preparado para cada una de ellas.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-large has-custom-border\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"572\" src=\"https:\/\/floreslawmiami.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/legal-defense-attorneys-1024x572.jpg\" alt=\"Infograf\u00eda que ilustra la enmienda 7 de Florida y el derecho constitucional del paciente a acceder a los registros de incidentes adversos.\" class=\"wp-image-1371\" style=\"border-top-left-radius:30px;border-top-right-radius:30px;border-bottom-left-radius:30px;border-bottom-right-radius:30px\" srcset=\"https:\/\/floreslawmiami.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/legal-defense-attorneys-1024x572.jpg 1024w, https:\/\/floreslawmiami.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/legal-defense-attorneys-300x167.jpg 300w, https:\/\/floreslawmiami.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/legal-defense-attorneys-768x429.jpg 768w, https:\/\/floreslawmiami.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/legal-defense-attorneys-1536x857.jpg 1536w, https:\/\/floreslawmiami.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/legal-defense-attorneys-2048x1143.jpg 2048w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>La t\u00e1ctica del privilegio externalizado.<\/strong> Algunos hospitales env\u00edan los informes de incidentes a trav\u00e9s de abogados externos y alegan el secreto profesional. El Tribunal Supremo de Florida rechaz\u00f3 esta estrategia en <em><strong>Edwards contra Thomas<\/strong><\/em> (2017), sosteniendo que los informes de revisi\u00f3n por pares externos constituyen productos de trabajo de hecho descubribles, y que los hospitales no pueden eludir sus obligaciones constitucionales de divulgaci\u00f3n simplemente subcontratando su revisi\u00f3n por pares a empresas de terceros bajo la direcci\u00f3n de un asesor legal.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La t\u00e1ctica de la preferencia federal.<\/strong> Otros intentan invocar la Ley federal de Seguridad del Paciente y Mejora de la Calidad (PSQIA) para anular por completo la enmienda 7. En <em><strong>Charles contra Southern Baptist Hospital of Florida<\/strong><\/em> (2017), el Tribunal rechaz\u00f3 ese argumento tambi\u00e9n, sosteniendo que la PSQIA no protege los documentos que califican como registros de incidentes m\u00e9dicos adversos bajo la Constituci\u00f3n de Florida.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuando los abogados defensores presentan registros de privilegios evasivos, inmediatamente presentamos una Moci\u00f3n para Exigir y demandamos una inspecci\u00f3n a puerta cerrada por parte del juez del juicio, forzando al tribunal a evaluar los documentos impugnados contra el mandato pro divulgaci\u00f3n de la Enmienda 7. Nos negamos a permitir que los hospitales se escondan detr\u00e1s de reclamaciones de privilegio que el m\u00e1s alto tribunal del estado ya ha rechazado.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity is-style-wide\"\/>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\" id=\"depositions-where-the-case-is-built\">Las declaraciones: Donde se construye el caso<\/h2>\n\n\n\n<p>Las declaraciones juradas son testimonios extrajudiciales transcritos por un taqu\u00edgrafo judicial certificado; son el mecanismo por el que fijamos el testimonio, evaluamos la credibilidad y establecemos definitivamente la norma de atenci\u00f3n. Nuestra preparaci\u00f3n para cada categor\u00eda de declarante es exhaustiva y distinta, porque los objetivos t\u00e1cticos de tomar declaraci\u00f3n a un m\u00e9dico difieren fundamentalmente de los de tomar declaraci\u00f3n al administrador de un hospital.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\" id=\"deposing-the-defendant-physician\">Toma de declaraci\u00f3n del m\u00e9dico demandado<\/h3>\n\n\n\n<p>Antes de que se formule la primera pregunta, nuestro equipo lleva a cabo una revisi\u00f3n exhaustiva del historial del paciente con referencias cruzadas con los registros de auditor\u00eda del EMR, un an\u00e1lisis de las transcripciones de las declaraciones anteriores del m\u00e9dico, una revisi\u00f3n de su historial disciplinario y un dominio de la literatura m\u00e9dica aplicable. Fijamos el recuerdo de los hechos por parte del demandado e impedimos su capacidad de alterar la narrativa en el juicio, le obligamos a articular la norma de atenci\u00f3n de su propio testimonio, y luego demostrar con precisi\u00f3n c\u00f3mo sus acciones espec\u00edficas se desviaron de esa norma. <\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\n<p><strong>C\u00f3mo utilizamos la \u201cTeor\u00eda del Reptil\u201d para ganar las deposiciones<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Nuestros abogados utilizan lo que la comunidad de litigantes denomina Teor\u00eda del Reptil, una avanzada metodolog\u00eda de declaraci\u00f3n que replantea la norma de atenci\u00f3n no como un juicio m\u00e9dico abstracto y flexible, sino como una norma de seguridad concreta dise\u00f1ada para proteger al paciente y a la comunidad frente al peligro. Al obligar al m\u00e9dico a aceptar principios de seguridad b\u00e1sicos e innegables, establecemos una l\u00ednea de base r\u00edgida; una vez que el m\u00e9dico se compromete con la norma de seguridad, demostramos que su conducta espec\u00edfica constituy\u00f3 una desviaci\u00f3n peligrosa de la misma. Esta t\u00e9cnica es extraordinariamente eficaz porque obliga al acusado a condenar sus propios actos a trav\u00e9s de la l\u00f3gica de sus propias admisiones.<\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\" id=\"deposing-nurses-and-hospital-administrators\">Depositar enfermeras y administradores de hospitales<\/h3>\n\n\n\n<p>Interrogamos al personal de enfermer\u00eda sobre las pol\u00edticas de la cadena de mando del hospital, incluyendo, entre otras cosas, si observaron el deterioro de un paciente, si elevaron el problema a una enfermera a cargo o a una supervisora de enfermer\u00eda, y si la cultura institucional desalentaba desafiar las \u00f3rdenes de un m\u00e9dico. Los administradores, a los que se toma declaraci\u00f3n como representantes de la empresa en virtud de la regla 1.310(b)(6), son interrogados para exponer los fallos organizativos que permitieron que se produjera el da\u00f1o, incluidas las limitaciones presupuestarias, la escasez cr\u00f3nica de personal y las pr\u00e1cticas negligentes de acreditaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity is-style-wide\"\/>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\" id=\"the-battle-of-the-experts\">La batalla de los expertos<\/h2>\n\n\n\n<p>En virtud de la norma Daubert, codificada en la Secci\u00f3n 90.702 del Estatuto de Florida, el testimonio de expertos debe basarse en hechos suficientes, principios cient\u00edficos fiables y la correcta aplicaci\u00f3n de esos principios a los hechos espec\u00edficos del caso. Si el \u00fanico experto en causalidad de un demandante es rechazado en virtud de una impugnaci\u00f3n Daubert, la defensa tiene autom\u00e1ticamente derecho a un juicio sumario, y el caso ha terminado. Esta es la raz\u00f3n por la que la selecci\u00f3n y preparaci\u00f3n de testigos expertos es uno de los aspectos m\u00e1s importantes de nuestro trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>Existe una distinci\u00f3n t\u00e1ctica fundamental entre los m\u00e9dicos tratantes, que declaran como testigos de los hechos en relaci\u00f3n con sus observaciones personales y el tratamiento que prestaron, y los peritos contratados, que emiten opiniones contundentes sobre la norma de atenci\u00f3n y la causalidad \u00faltima. El Tribunal Supremo de Florida abord\u00f3 esta intersecci\u00f3n en <em>Guti\u00e9rrez contra Vargus<\/em> (2018), donde los tribunales de primera instancia vigilan de cerca si un m\u00e9dico tratante cruza el umbral hacia el testimonio de expertos retenidos. Utilizamos estrat\u00e9gicamente a los m\u00e9dicos tratantes para sentar las bases f\u00e1cticas, mientras que reservamos a los expertos contratados para las opiniones que ganan el caso, asegur\u00e1ndonos de no infringir las limitaciones de los testimonios acumulativos.<\/p>\n\n\n\n<p>Es importante se\u00f1alar que los peritos de la defensa suelen ser testigos profesionales que obtienen un porcentaje sustancial de sus ingresos anuales de una \u00fanica empresa de defensa o aseguradora. Seg\u00fan las sentencias del Tribunal Supremo de Florida en el caso <em>Dodgen contra Grijalva<\/em> y <em>Younkin contra Blackwelder<\/em> (2021), la relaci\u00f3n financiera entre la aseguradora del demandado y su perito contratado es totalmente descubrible. Explotamos esta asimetr\u00eda en todos los casos, exigiendo la presentaci\u00f3n de formularios fiscales 1099, registros de facturaci\u00f3n y listas hist\u00f3ricas de casos para demostrar al jurado la parcialidad financiera del experto.<\/p>\n\n\n\n<p>En virtud de la regla del secuestro codificada en el art\u00edculo 90.616 del C\u00f3digo de Pruebas de Florida, se proh\u00edbe a los testigos escuchar el testimonio de otros testigos, lo que impide que los declarantes posteriores adapten sus respuestas a los testimonios anteriores. Los testigos expertos, sin embargo, suelen estar exentos del secuestro cuando su presencia se considera esencial para la presentaci\u00f3n del caso de la parte, porque sus opiniones deben formularse bas\u00e1ndose en los hechos y testimonios espec\u00edficos establecidos por los testigos de hecho.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity is-style-wide\"\/>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\" id=\"protecting-you-during-the-defense-medical-examination\">Protecci\u00f3n durante el reconocimiento m\u00e9dico de la defensa<\/h2>\n\n\n\n<p><strong>La defensa tiene derecho a exigir que se someta a un reconocimiento m\u00e9dico por un m\u00e9dico que ellos elijan y paguen.<\/strong> Los tribunales de Florida lo designan correctamente como \u201creconocimiento m\u00e9dico obligatorio\u201d en virtud de la regla 1.360, lo que significa que el propio tribunal reconoce que no hay nada independiente en ello. En <em>Schagrin contra Nacht<\/em>, el tribunal de apelaci\u00f3n anul\u00f3 una solicitud de la defensa por la que se conced\u00eda al m\u00e9dico examinador una autoridad ilimitada para realizar pruebas, dictaminando que las ECM deben limitarse estrictamente a procedimientos no invasivos directamente relacionados con las lesiones reclamadas, a menos que la defensa obtenga una autorizaci\u00f3n judicial por separado tras una vista probatoria.<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\n<p><strong>Lo que la defensa quiere frente a lo que usted tiene derecho:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Te quieren solo.<\/strong> Tiene derecho absoluto a que su abogado, un asistente jur\u00eddico y un camar\u00f3grafo est\u00e9n presentes durante todo el interrogatorio.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Quieren interrogarte.<\/strong> El m\u00e9dico del CME tiene prohibido interrogarle sobre su responsabilidad, su abogado o sus discusiones legales. La anamnesis debe limitarse a las molestias cl\u00ednicas en cuesti\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Quieren tiempo y lugar ilimitados.<\/strong> Puede marcharse sin penalizaci\u00f3n si no le atienden en 30 minutos, y el examen debe tener lugar ordinariamente dentro del condado donde se est\u00e1 juzgando el caso.<\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n<p>Grabamos cada CME sin excepci\u00f3n, y cuando el m\u00e9dico de la defensa inevitablemente contradice a sus m\u00e9dicos tratantes, utilizamos el v\u00eddeo con un efecto devastador en el juicio mediante el contraste de un examen de diez minutos de la defensa contra a\u00f1os de atenci\u00f3n real de los m\u00e9dicos que conocen su condici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity is-style-wide\"\/>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\" id=\"how-discovery-disputes-are-resolved\">C\u00f3mo se resuelven las disputas sobre descubrimiento<\/h2>\n\n\n\n<p>Cuando la defensa se niega a presentar documentos, presenta objeciones evasivas o no comparece a una deposici\u00f3n debidamente notificada, presentamos inmediatamente una Moci\u00f3n para Exigir de conformidad con la Regla 1.380 del Procedimiento Civil de Florida. Las sanciones disponibles para los abusos en la presentaci\u00f3n de pruebas son severas y progresivas: el tribunal puede anular los alegatos, establecer hechos contra la parte infractora, prohibir la presentaci\u00f3n de pruebas o dictar una sentencia en rebeld\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, antes de que cualquier petici\u00f3n de presentaci\u00f3n de pruebas llegue al tribunal, la Regla 1.202 del Tribunal Supremo de Florida exige que los abogados de la parte contraria se re\u00fanan de buena fe para intentar resolverla. En todo el 20\u00ba Circuito Judicial, los jueces hacen cumplir este requisito de \u201cReunirse y Conferir\u201d con tolerancia cero; las mociones presentadas sin un certificado v\u00e1lido de conferencia son rutinariamente denegadas o desestimadas. Los tribunales exigen que la conferencia sea un di\u00e1logo sustantivo, no un intercambio superficial de correspondencia hostil, lo que significa que el entorno t\u00e1ctico de descubrimiento es una negociaci\u00f3n continua y de alto riesgo sobre el alcance y el ritmo de la producci\u00f3n de documentos.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity is-style-wide\"\/>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\" id=\"the-discovery-timeline-in-the-20th-judicial-circuit\">Cronolog\u00eda del descubrimiento en el 20\u00ba Circuito Judicial<\/h2>\n\n\n\n<p>En virtud de la Orden Administrativa 1.13 y de los protocolos obligatorios de gesti\u00f3n de casos, la inmensa mayor\u00eda de los casos de negligencia m\u00e9dica se asignan al <strong>Pista compleja<\/strong>, que establece un plazo de resoluci\u00f3n de 24 meses.<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\n<p><strong>\u25cf Denuncia presentada:<\/strong> Caso asignado a la V\u00eda Compleja seg\u00fan la Orden Administrativa 1.13 <\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u25cf 120-150 D\u00edas:<\/strong> Plan de gesti\u00f3n del caso acordado y presentado al tribunal con plazos espec\u00edficos para cada fase <\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u25cf Meses 3-12:<\/strong> Descubrimiento por escrito, producci\u00f3n de documentos, enmienda 7 y resoluci\u00f3n de litigios sobre privilegios <\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u25cf Meses 6-18:<\/strong> Declaraciones de testigos, ECM y peritos realizadas <\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u25cf 60 d\u00edas antes del juicio:<\/strong> Conclusi\u00f3n de la fase de proposici\u00f3n de prueba y mediaci\u00f3n obligatoria <\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u25cf Juicio:<\/strong> Caso presentado al jurado con el expediente completo de pruebas que hemos construido<\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n<p>Si no se cumplen estrictamente los plazos ordenados por el tribunal sin demostrar una causa justificada, se corre el riesgo de sanciones severas, incluida la eliminaci\u00f3n de testigos expertos cr\u00edticos, lo que puede terminar instant\u00e1neamente el caso de un demandante. No permitimos que se nos escapen los plazos y no toleramos las t\u00e1cticas de la defensa dise\u00f1adas para agotar el tiempo.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity is-style-wide\"\/>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\n<p><strong>Una nota sobre la carga emocional de esta fase.<\/strong> La literatura cl\u00ednica documenta que el proceso de proposici\u00f3n de la prueba suele tener un grave impacto psicol\u00f3gico en los demandantes, un fen\u00f3meno descrito como s\u00edndrome de estr\u00e9s por litigio. El requisito constante de revivir el evento traum\u00e1tico durante las declaraciones, junto con el escrutinio adversarial de todos los aspectos de su historial m\u00e9dico, puede detener la recuperaci\u00f3n emocional por completo, un fen\u00f3meno cl\u00ednico conocido como \u201ccuraci\u00f3n detenida\u201d. Entendemos esta realidad, y nuestro equipo emplea pr\u00e1cticas informadas sobre el trauma durante toda la fase de descubrimiento, porque proteger su bienestar emocional y psicol\u00f3gico es inseparable de proteger la integridad y la fuerza de su caso.<\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity is-style-wide\"\/>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\" id=\"let-us-fight-for-you\">D\u00e9jenos luchar por usted<\/h2>\n\n\n\n<p>Si usted o un ser querido est\u00e1 actualmente involucrado en una demanda por negligencia m\u00e9dica en la Florida, o si usted est\u00e1 considerando presentar una demanda y quiere entender lo que el litigio exige, el Bufete de Abogados Jorge L. Flores, P.A., tiene los recursos, la tenacidad y la experiencia probada en juicio para luchar por usted a trav\u00e9s de cada fase de descubrimiento y m\u00e1s all\u00e1. Desde nuestras oficinas en Miami, Florida, adelantamos todos los costos del litigio, y trabajaremos duro para lograr el mejor resultado posible, ya sea en juicio o a trav\u00e9s de un acuerdo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><a href=\"https:\/\/floreslawmiami.com\/es\/pongase-en-contacto-con\/\" data-type=\"page\" data-id=\"15\">Llame a las Oficinas Legales de Jorge L. Flores, P.A., hoy.<\/a><\/strong><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La fase de descubrimiento es donde se ganan o se pierden los casos de mala pr\u00e1ctica m\u00e9dica. Nuestro equipo lucha por descubrir la verdad, sacar a la luz los fallos institucionales y proteger a nuestros clientes.<\/p>","protected":false},"author":1,"featured_media":1370,"parent":1744,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"_seopress_robots_primary_cat":"","_seopress_titles_title":"Medical Malpractice Discovery Phase | Jorge L. 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